Jurispol. 2022.
En el proceso de Policía Nacional:
El Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, aprobó el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional, y dentro del mismo se decía:
Aparato de la visión
10. Técnicas de corrección refractiva: se deberá considerar este apartado en función del resultado de la cirugía refractiva corneal, y habiéndose realizado la cirugía al menos 60 días antes del reconocimiento. No se admitirán lentes fáquicas.
En el proceso de la escala de cabos y guardias de la Guardia Civil:
La Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, aprobó el Cuadro médico de exclusiones para ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia civil, y dentro del mismo se decía:
J) Enfermedades del aparato de la visión
9. Queratitis. Leucomas corneales centrales o periféricos con alteraciones de la agudeza visual. Estafilomas de córnea y esclera. Degeneraciones y distrofias corneales. Ectasias corneales. Trasplante de córnea y anillos intraestromales corneales. Queratocono. En ningún caso se admitirán lentes fáquicas
Pues bien, el Auto de 28 de septiembre de 2021 de la Sala 3ª del TS suspendió cautelarmente dicho punto de las lentes fáquicas.
¿Y ahora qué? pues tenemos que un grupo parlamentario popular propuso eliminar del cuadro de exclusiones médicas las lentes fáquicas o cuerpos extraños y dicha votación ha salido adelante, por lo que el Gobierno va a recibir dicha proposición no de Ley para eliminar de forma definitiva del cuadro de exclusiones médicas las lentes fáquicas o cuerpos extraños.
Os mantendremos informados,
Academia Jurispol.